Jesús Mediavilla comenta en Redacción Médica datos aportados por Vicente Matas, miembro del Centro de Estudios de CESM Granada y vocal de la Comisión de Atención Primaria Urbana de la OMC (Organización Médica Colegial). El contexto es la ya prolongada reclamación de la profesión de que a las horas de guardia, que no contabilizan para la cotización ni como tiempo productivo para la jubilación, y cuyo tramo fiscal del IRPF es del 50%, se les aplique los mismos índices correctores que a los policías o los bomberos, profesionales que también tienen que realizar horas de guardia. La retribución de las horas de guardia de los médicos se suma al resto de sus ingresos y “provocan un incremento de 4 o 5 puntos sobre la retención del IRPF sobre toda la nómina con lo que del importe bruto de esas guardias al médico finalmente llega poco más del 50% y el resto va directamente a Hacienda”. Además, estas horas no se tienen en cuenta como tiempo trabajado a la hora de la jubilación. Se calcula que con 600 horas de guardia al año se pierde un total de 14.400 euros anuales.
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